Mediante un decreto firmado por el gobernador Maximiliano Pullaro, se dispuso una actualización de los montos mínimos y máximos de las multas por infracciones a la normativa de fauna (Decreto-Ley N.º 4218/58 ratificado por Ley N.º 4830), sobre la caza furtiva y/o la comercialización.
Los valores, que no habían sido revisados desde 2013, pasarán a oscilar entre $32.948,30 y $2.745.177,80, conforme al Sistema de Índices de Precios Mayoristas (S.I.P.M).
El Ministerio de Ambiente y Cambio Climático tendrá desde ahora la facultad de actualizar periódicamente estos valores, previa consulta con el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC). Este mecanismo "garantiza que los montos se mantengan ajustados a la realidad económica, reforzando su carácter ejemplar y disuasorio frente a infracciones como la caza, tenencia ilegal y comercio de fauna silvestre", destacaron desde la cartera de Ambiente y Cambio Climático.
El ministro de Ambiente, Enrique Estévez, señaló en torno a esto: “Actualizar los montos de las multas no solo refuerza nuestra capacidad para sancionar infracciones, sino que también envía un mensaje claro: proteger la fauna silvestre es una prioridad".
Finalmente, destacó que "estas medidas buscan prevenir conductas que atenten contra nuestra biodiversidad y asegurar la conservación de nuestros ecosistemas para las generaciones futuras”.