Un rosarino se convirtió en uno de los primeros argentinos en demandar al Estado por presuntos efectos adversos de la vacunación contra el coronavirus. Se trata de Roberto Franco, de 56 años, quien en 2021 se aplicó la primera dosis de AstraZeneca y a la semana sufrió un infarto.

Me puse una dosis y a la semana me dio un infarto. Entre parientes se decía que diez días antes de vacunarse había que tomar una aspirina por el tema de la coagulación, pero al final me dijeron que no hacía falta y no la tomé. Me vacuné el 19 de junio, el 26 empecé con síntomas y a las 12 del mediodía del 27 caí en la guardia del sanatorio de la Mujer”, resumió Roberto en Radiópolis (Radio 2).

Por el infarto, al hombre le aplicaron un stent y cuando despertó en el sanatorio asegura que nunca pensó que podía tratarse de un efecto adverso de la inoculación. “Los cinco médicos que me atendieron, el de la guardia, el que me puso el stent, el que me hizo los estudios y la que me dio el alta, todos me dieron indicios de que podía ser la AstraZeneca”, señaló.

De acuerdo a los estudios que se hizo tras el infarto, el evento se produjo por un coágulo que le tapó una de las tres arterias principales. “Lo que me da el indicio es que, cuando se tapa una arteria al 98%, las otras tienen que estar al 60%, pero acá estaban perfectas. Claramente fue un coágulo”, sostuvo.

Con esta inquietud, Roberto comenzó a investigar por su cuenta y se encontró con que “en Europa la vacuna estaba prohibida en algunos casos y en otros no se le daba la segunda dosis a los menores de 55 años”. “Si en Europa estaba prohibida esa vacuna, por qué la siguieron dando acá, si había otras alternativas”, deslizó.

Asesorado por el estudio Mazzeo & Canet, Roberto inició primero el trámite para recibir una indemnización por daños y perjuicios. Ante la negativa de la Comisión Nacional de Seguridad de las Vacunas (Conaseva) de que el infarto esté relacionado al suero de AstraZeneca, se procedió a una apelación ante la Cámara Federal de Rosario..

“El propio estado argentino sacó la ley para la adquisición de vacunas que proporcionan inmunidad para el covid 19. A través de la misma se autorizó al Ejecutivo a contratar la compra de vacuna y establecer cláusulas de confidencialidad respecto del contenido de esas vacunas y otras cuestiones como el precio. Otra cosa que autorizó fue a establecer una cláusula de indemnidad patrimonial. Esto implica que el Estado liberó de los efectos adversos que las vacunas pueden producir al laboratorio fabricante y asumió a través de la creación de un Fondo de Reparación para quienes sufrieran efectos adversos”, detalló en Radio 2 la abogada Julia Canet.

De acuerdo a la jurista, después de iniciar ese procedimiento, la Conaseva emitió un dictámen negativo donde concluye que el infarto que se produce, si bien es “coincidente de manera temporal con la vacunación, no es atribuible a la misma”.

“Una vez que eso está dictaminado por la Conaseva, el mismo procedimiento dice que esto es apelable ante la Cámara Federal de apelaciones que corresponde al domicilio de la persona, en ese trámite estamos. En el caso de Roberto, se sigue todo un trámite judicial donde uno intenta demostrar que efectivamente ese evento estuvo vinculado con la inoculación recibida mientras que el Estado nacional a través de todos los organismos intentará demostrar que esto no fue así”, concluyó la abogada.