El gobierno de Javier Milei decidió extender el Fondo Nacional del Turismo y prorrogar su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2027. De esta manera, se mantendrá por dos años más un impuesto del 7% sobre el precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior.
De esta manera, través del Decreto 4/2027, publicado este lunes en el Boletín Oficial, se extendió un programa fue creado en enero de 2005 (bajo la presidencia de Néstor Kirchner) para el desarrollo de la industria turística en el país, sector que está a cargo del secretario de Turismo, Ambiente y Deporte, Daniel Scioli.
"El fomento, el desarrollo, la promoción y la regulación de la actividad turística y del recurso turismo mediante la determinación de los mecanismos necesarios para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad", dicta la Ley Nacional de Turismo.
Detalles
"Que la vigencia del Fondo de que se trata, de conformidad con lo previsto en el inciso m) del referido artículo 24 de la Ley N° 25.997 y sus modificatorias, fue establecida por el término de 10 años, habiendo sido prorrogado, por mandato del artículo 58 de la Ley N° 27.008, por otros 10 años, a partir del 5 de enero de 2015", dice el decreto en sus considerandos.
Se trata de una retención del 7% del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior, vendidos o emitidos en el país o el exterior para residentes argentinos en viajes que se inicien en el territorio nacional.
El Fondo se encuentra dentro de la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros y se constituye con las sumas que se le asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional; donaciones y legados al Estado nacional con fines turísticos; intereses, recargos, multas y toda otra sanción pecuniaria derivada del incumplimiento de la mencionada ley, fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorgaren, además del mencionado impuesto conocido como DNT.
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