Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5505/2024, en la que se deroga el régimen de información para la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados en el país. Esto implica la eliminación de los requisitos y condiciones para la obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en operaciones de transferencia de vehículos.
Estos cambios van de la mano del DNU 70/2023, la norma central con la que el gobierno de Javier Milei busca lelvar adelante cambios en el Estado, en trámites, oepraciones y otro tipo de desregulaciones en la economía.
La Resolución General 5505/2024, publicada hoy en el Boletín Oficial, deroga el Título I de la Resolución General N° 2.729, que establecía el régimen de información para la transferencia de automotores y motovehículos usados radicados en el país. Esta derogación implica la eliminación de los requisitos y condiciones para la obtención del CETA en operaciones de transferencia de vehículos.
Desde la Afip argumentan que el avance tecnológico y los convenios de intercambio de información con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios permiten verificar la situación fiscal de los ciudadanos y las transferencias de dominio de manera eficiente.
La medida se fundamenta en las facultades conferidas por el artículo 103 de la Ley Nº 11.683 y el artículo 7° del Decreto Nº 618. Con esta resolución, se busca simplificar los trámites administrativos y optimizar la prestación de servicios a los contribuyentes.
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